Montería 18 de mayo 2022. En el espacio radial ´Tu Consultorio Jurídico´ de la emisora institucional, Unicórdoba Estéreo, el abogado Eduardo Hoyos Villalba, asesor del Consultorio Jurídico de la Universidad de Córdoba, hizo un análisis académico y jurídico sobre la reciente decisión de la Corte Constitucional de despenalizar el suicidio médicamente asistido.

El jurista, especialista en derecho penal consideró que la conducta establecida como delito en el artículo 107 del Código Penal, de Inducción o ayuda al suicidio, nunca debió ser penalizada, por eso calificó la decisión de la Corte Constitucional como trascendental e importante.

“La despenalización de la inducción o ayuda al suicidio es una respuesta práctica y oportuna y la eliminación de una norma absurda, toda vez, que el móvil de la conducta es el amor, en tanto que, quien ayuda a otro a poner fin a los intensos sufrimientos derivados de una enfermedad terminal, lo que está mostrando es a un ser movido por la piedad y la solidaridad, contrario al homicidio, cuyo móvil es la perfidia y la insensibilidad, comportamiento que desde luego debe ser objeto de reproche y pena”, manifestó el asesor en derecho Penal del Consultorio Jurídico de Unicórdoba.

A diferencia de la eutanasia, en la cual el procedimiento se lleva a cabo por parte de un médico, en el caso del suicidio médicamente asistido el médico provee el fármaco al paciente que pondrá fin a su vida, la aplicación del fármaco o el lugar de ejecución son determinados exclusivamente por el suicida.

Colombia se suma a Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Italia, Alemania y a algunos estados de Estados Unidos en donde el suicidio médico asistido es legal, según DescLAB, que tenía documentados 127 investigaciones entre 2010 y el primero de agosto de 2021 por el delito de inducción o ayuda al suicidio en el país sudamericano.